Un poco de historia
Sed. Jubileo que cada treinta años celebraban los reyes del antiguo Egipto, y que consistía en una repetición de los ritos de la coronación, los cuales servían para afirmar la soberanía real, ya que así quedaba consagrado el poder divino del faraón. La primera mención de estos ritos parece en el reinado del rey Udimu (quinto soberano de la I dinastía: c. 3100 a C.), el pueblo era favorecido con festejos y perdones.
Jubileo. Entre los judíos, nombre del año consagrado a Dios y al descanso que, según la ley, debía celebrarse cada cincuenta años. Este nombre ha pasado también a los cristianos.
Año Santo o jubilar. Entre los católicos, año privilegiado en que los peregrinos que acuden a Roma se benefician de una indulgencia plenaria. El primer año santo se celebró en 1300, proclamado por Bonifacio VIII (Anagni, c. 1235-Roma, 1303) Papa (1294-1303), el 2 de febrero de ese mismo año. El Papa puede promulgar otros por motivos especiales. Desde entonces se han celebrado 125 jubileos 25 ordinarios y 100 extraordinarios, que pueden ser universales, particulares o locales. Tienen lugar a intervalos regulares (cada 100 años bajo Bonifacio VIII, cada 50 años bajo Clemente VI y Nicolás V, cada 25 años desde Pablo II). Su duración es de un año, de una Navidad a otra. Comienzas en Roma con la apertura de la puerta Santa. Los fieles deben visitar las basílicas de San Pedro y San Pablo desde Bonifacio VIII, también la de Letrán a partir de Clemente VI, y Santa María la Mayor desde Gregorio IX; deben arrepentirse y confesarse y rezar por las intenciones del Papa. Las visitas debían hacerse durante treinta días continuos o intercalados por los romanos y quince días por los no romanos. León XIII redujo esos días a veinte y diez respectivamente. Pío XII estableció una sola visita. Pablo VI ordenó que al Jubileo de 1975 le precediera un año de preparación. Juan Pablo II ha dispuesto para el 2000 una fase antepreparatoria (1994-96) y otra preparatoria (1997-99) y ha establecido que el mismo tenga lugar simultáneamente en Tierra Santa, en Roma y en las demás Iglesias locales.
Bula de la Santa Cruzada. Creada en la Alta Edad Media por la cual se obtenían numerosos privilegios e indulgencias que se adquiría mediante la limosna. La recaudación servía para ayudar a la Reconquista y a las cruzadas. Abolida mediante la constitución apostólica Paenitemini, publicada por Pablo VI el 17 de febrero de 1966.
Disputa sobre las indulgencias. Conflicto religioso, preludio de la ruptura de Lutero con la Iglesia romana. El Papa León X promulgó el 31 de mayo de 1515 una indulgencia en favor de quienes diesen limosna para terminar las obras de la basílica de San Pedro en Roma. Johannes Tetzel, dominico español, fue delegado por el arzobispo de Maguncia para predicar las indulgencias en esa diócesis. Los abusos que se cometieron con tal motivo indignaron a muchos. El monje agustino Martín Lutero también ambicionaba esta predicación y fue más lejos, atacó las bases mismas de las indulgencias. El 31 de octubre de 1517, la víspera del día de Todos los Santos, a la llegada de Tetzel, colocó, en la puerta de la Iglesia de Wittenberg, 95 tesis redactadas en latín, en las que atacaba el sistema de contribuciones y afirmaba que las indulgencias pontificias no podían ser otra cosa que la remisión de la pena infligida por el mismo Papa, este hecho marcó el comienzo de la reforma protestante. Estas tesis, fueron condenadas por el Papa en 1519, invitándole a retractarse mediante la bula Exurge, Domine (1520), pero Lutero rehusó y quemó en una plaza pública de Wittenberg la bula pontificia, por lo que condenado de forma definitiva. El cisma se consumó tras la Dieta de Worms (1521), en la que nuevamente se negó a retractarse.
El camino de Santiago. Durante la Edad Media fue utilizado por los peregrinos que se dirigían a venerar el sepulcro del apóstol Santiago, el Mayor. Según la tradición, esta vía surgió tras el hallazgo del sepulcro, durante el reinado de Alfonso II. Ello dio lugar a la edificación de un templo, renovado por Alfonso III en 874, y a la llegada de peregrinos de toda Europa. El camino de Santiago mantuvo su esplendor hasta la introducción de las doctrinas de Lutero; en el siglo XVIII decayó su importancia. Los peregrinos, tras hacer testamento, salían de sus poblaciones provistos de saya, bordón y escarcela, viajaban en grupos y en varias etapas. Gozaban de protección en los reinos por los que pasaban, y eran acogidos en los monasterios y hospitales fundado a lo largo del camino. Las órdenes militares, especialmente los templarios, se encargaban de la protección de los viajeros. Se cree que la actual Francia era atravesada por cinco rutas hacia la península Ibérica: una llegaba a Somport y las demás a Roncasvalles. Todas ellas convergían en Puente la Reina, y desde allí hacia Logroño, Nájera, Burgos, Sahagún, León, Astorga y Ponteferrada, como ciudades principales. Los peregrinos, después de cumplir con las ceremonias rituales en la catedral de Compostela, recibían un documento, llamado Compostela que acreditaban su peregrinación. La importancia del camino de Santiago fue decisiva tanto en sentido económico, como cultural y artístico. Actualmente, se celebra el año Santo de Santiago, cuando el 25 de julio fiesta del Apóstol, cae en domingo. La indulgencia plenaria que se gana en Santiago, según el derecho común, puede ser: visitando la Catedral en la fiesta del Apóstol el 25 de julio; el día de la dedicación de la Catedral, el 21 de abril, el día 30 de diciembre fiesta de la Traslación del Apóstol. La Indulgencia parcial, se gana siempre por el hecho de visitar la catedral en las debidas condiciones e intención de conseguirla.
Decreto sobre las Indulgencias del Concilio de Trento. “Habiendo Jesucristo concedido a su Iglesia la potestad de conceder indulgencias, y usando la Iglesia de esta facultad que Dios le ha concedido, aun desde los tiempos más remotos; enseña y manda el sacrosanto Concilio que el uso de las indulgencias sumamente provechoso al pueblo cristiano y aprobado por la autoridad de los sagrados concilios, debe conservarse en la Iglesia, y fulmina anatema contra los que, o afirman ser inútiles, o niegan que la Iglesia tenga potestad de concederlas. No obstante, desea que se proceda con moderación en la concesión de ellas, según la antigua y aprovechada costumbre de la Iglesia; para que por la suma facilidad de concederlas no decaiga la disciplina eclesiástica. Y anhelando a que se enmienden, y corrijan los abusos que se han introducido en ellas, por cuyo motivo blasfeman los herejes de este glorioso nombre de indulgencias; establece en general por el presente decreto que, absolutamente se exterminen todos los lucros ilícitos que se sacan porque los fieles las consigan; pues se han originado de esto muchísimos abusos en el pueblo cristiano. Y no pudiéndose prohibir fácil ni individualmente los demás abusos que se han originado de la superstición, ignorancia, irreverencia, o de otra cualquiera causa, por las muchas corruptelas de los lugares y provincias en que se cometen; manda a todos los Obispos que cada uno note todos estos abusos en su Iglesia, y los haga presentes en el primer concilio provincial, para que conocidos y calificados por los otros obispos, se delaten inmediatamente al Sumo Pontífice Romano, por cuya autoridad y prudencia se establecerá lo conveniente a la Iglesia universal: y de este modo se reparta a todos los fieles piadosa, santa e íntegramente el tesoro de las santas indulgencias”. No era ésta la primera vez que un concilio ecuménico discutía el tema de las indulgencias -la primera vez fue en 1415, cuando el Concilio de Constanza afirmó la práctica- pero en Trento la doctrina fue proclamada infaliblemente por primera vez.